Representación Fiscal
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Carácter Legal
Tiene carácter legal, es decir el representante actúa como un mandatario fiscal, en el caso de empresas no establecidas en la UE que quieren operar en el territorio de aplicación del IVA español.
Carácter Voluntario
Tiene carácter voluntario, es decir el representante actúa como un mero gestor, en los casos de empresas establecidas en países de la UE que quieren operar en España.
ALTA ANTE LA ADMINISTRACIÓN ESPAÑOLA
A aportar por la sociedad no española: Certificado del Registro Mercantil de la empresa o escritura pública de constitución de la misma. Copia del pasaporte del representante legal de la empresa. Apoderamientos y contrato de Representación a firmar por el representante legal de la sociedad no española. Contrato de colaboración y representación fiscal. Autorización para dar de alta a un nº Eori y vincularlo a su NIF N. Apoderamiento para recibir notificaciones electrónicas en su nombre.
QUEREMOS SER SU REPRESENTANTE FISCAL
Obtención Registro EORI. Obtención del NIF español o del NIF-IVA. Presentación de las declaraciones de IVA (mensuales o trimestrales), tramitación de las solicitudes de devolución, compensación e ingreso de IVA. Tramitación de las declaraciones de Intrastat. Recepción de correspondencia con la Administración Tributaria y aduanera, resolviendo cualquier cuestión que se plantee en defensa de sus intereses ante las autoridades españolas.
ALMACENAJE EN ÁREAS EXENTAS DE IVA
Si cree disponer de un stock de mercancía y alargar el pago de los derechos de importación para mejorar sus márgenes le ofrecemos el uso de nuestros almacenes con depósitos aduaneros y depósitos fiscales. Si prevé importar materia prima para su transformación o montaje en España y (una vez ultimada), venderla fuera de la Unión Europea, le ofrecemos los regímenes especiales aduaneros: - Régimen de Destino Especial. - Régimen de Perfeccionamiento Activo. - Régimen de Perfeccionamiento Pasivo. - Régimen de Importación Temporal.